Ficha Analítica de Doctrina Tribunal Conceptual

Doctrina Tributaria
Conceptual
Número de Resolución JerárquicaFecha de Resolución Jerárquica
STG/RJ/0205/2007 17/05/2007
Descriptores y Restrictores:

- DERECHO TRIBUTARIO FORMAL O ADJETIVO
   - Administración Tributaria
     - Aplicación Supletoria de Normas
       - Caducidad
         - Caducidad - Concepto Enciclopedia Juridica Omeba STG-RJ/0205/2007

Doctrina Tributaria Conceptual:

“(...) el sentido etimológico de la palabra ´caducidad´ que proviene, del latín caducus, refiriéndose a lo decrépito o poco durable. Se dice que ha caducado lo que ha dejado de ser o perdido su efectividad; es la acción y efecto de caducar, acabarse, extinguirse, perder su efecto o vigor, sea por falta de uso, por terminación de plazo u otro motivo, alguna ley, decreto, costumbre, instrumento público, etc. La caducidad pertenece al campo del dejar de ser”.

“(...) la caducidad es el lapso que produce la extinción de un derecho, es decir, es la pérdida de la validez de una facultad por haber transcurrido el plazo para ejecutarla. Entre las causas de la caducidad se pueden señalar que de acuerdo con las instituciones, las fuentes del derecho o las potestades, la caducidad presenta orígenes distintos. Así la de las leyes, proviene del desuso; la de la costumbre, por práctica distinta o por simple falta de aplicación durante mucho tiempo; la de acciones y recursos, por no tramitarlos; en otros casos, por el cumplimiento de los plazos establecidos en las leyes.”
(FTJ IV.4.1. ii. y iii.).

Notas:

Enciclopedia Jurídica Omeba. Tomo II. pág. 481.

(Este concepto no fue verificado con el texto original; por tanto la referencia es la Resolución Jerárquica analizada)