Ficha Analítica de Doctrina Tribunal Conceptual

Doctrina Tributaria
Conceptual
Número de Resolución JerárquicaFecha de Resolución Jerárquica
AGIT-RJ-0081/2018 08/01/2018
Descriptores y Restrictores:

- DERECHO TRIBUTARIO FORMAL O ADJETIVO
   - Administración Tributaria
     - Facultades de la Administración Tributaria
       - Facultad de Control, Verificación, Fiscalización e Investigación
         - Facultades Fiscalizadoras e Investigatorias - Concepto Villegas AGIT-RJ/0081/2018

Doctrina Tributaria Conceptual:

“(…) la determinación tributaria implica un control posterior por parte del fisco para saber si los Sujetos Pasivos cumplieron en forma debida los deberes formales emanados de la determinación. Tal tarea de control se denomina “fiscalización de la determinación tributaria”. Añade: “(…) muy diferente a la labor de fiscalizar determinaciones es la de tipo investigatorio. La labor investigatoria está encaminada a prevenir los daños y peligros que puede ocasionar a la colectividad la genérica desobediencia de los administrados a la potestad tributaria en ejercicio. Lo perseguido es averiguar la existencia de hechos imponibles realizados pero ignorados por el fisco, con la consiguiente falta de individualización de los correspondientes Sujetos Pasivos tributarios. La labor investigatoria es una facultad estatal emanada directamente de la potestad tributaria y que debe diferenciarse claramente de la fiscalización de la determinación."

Continúa señalando: “(…) la fiscalización de la determinación implica una previa obligación tributaria sustancial con su hecho imponible detectado y sus Sujetos Pasivos identificados. Se trata de saber si estos últimos cumplieron correctamente los deberes tributarios a su cargo. No sería concebible que estas tareas fiscalizadoras se desarrollasen con anterioridad a la determinación, ni que se cumpliesen una vez extinguida la obligación tributaria sustancial. En cambio, la investigación fiscal es independiente tanto de obligaciones tributarias constituidas como de Sujetos Pasivos identificados. Las tareas de investigación fiscal no requieren necesariamente la existencia previa de tales obligaciones, porque su objetivo es precisamente descubrirlas” (FTJ IV.4.3. v. y vi.)

Notas:

VILLEGAS, Héctor B. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario, 4ta. Edición. Buenos Aires - Argentina: Editorial “Astrea”, 2003. Págs. 414-415.

(Este concepto no fue verificado con el texto original, por tanto la referencia es la Resolución Jerárquica analizada).