Ficha Analítica de Doctrina Tribunal Conceptual

Doctrina Tributaria
Conceptual
Número de Resolución JerárquicaFecha de Resolución Jerárquica
AGIT-RJ-1044/2016 29/08/2016
Descriptores y Restrictores:

- DERECHO TRIBUTARIO FORMAL O ADJETIVO
   - Administración Tributaria
     - Facultades de la Administración Tributaria
       - Facultad de Determinación de Tributos
         - Formas
           - Determinación por la Administración Tributaria (De oficio)
             - Aduana Nacional de Bolivia
               - Resolución Administrativa
                 - Métodos de valoración
                   - Fundamentación del Acto Administrativo en materia aduanera - Concepto Molina AGIT-RJ/1044/2016

Doctrina Tributaria Conceptual:

“Todo tipo de acto administrativo que afecte a los intereses de un Sujeto Pasivo debe ser fundamentado, expresando en forma concreta las razones que inducen a emitir el acto, consignando, además los recaudos previstos en la causa que conlleva a la Administración Aduanera a observar el valor de una mercancía importada, para efecto de justificar los motivos por los cuales desestima el Método del Valor de Transacción de Mercancías declarado por el importador; esta figura va más allá, puesto que de la fundamentación que refleje un acto administrativo se puede determinar si la Administración Aduanera tiene razón en cuanto a su observación; es decir, en el caso que el acto administrativo no refleje una fundamentación adecuada donde la Administración Aduanera establezca sus pretensiones, conlleva a que el Sujeto Pasivo se encuentre en estado de indefensión, toda vez, que no conocería con claridad los móviles por los cuales la Administración Aduanera pretende observar el valor de la mercancía que declaró en despacho aduanero” (FTJ IV.3.3. viii.)

Notas:

MOLINA BASCOPÉ, Daniel Eduardo. Valoración Aduanera de Mercancías en relación con la normativa boliviana. En: Autoridad de Impugnación Tributaria. VI Jornadas Bolivianas de Derecho Tributario 5 y 6 de diciembre de 2013, Págs. 86 y 87.

(Este concepto no fue verificado con el texto original, por tanto la referencia es la resolución)