Ficha Analítica de Doctrina Tribunal Conceptual

Doctrina Tributaria
Conceptual
Número de Resolución JerárquicaFecha de Resolución Jerárquica
AGIT-RJ-0446/2009 11/12/2009
Descriptores y Restrictores:

- DERECHO TRIBUTARIO - PARTE ESPECIAL
   - Tributos Internos
     - Impuesto al Valor Agregado (IVA)
       - Hecho Generador
         - Condiciones para su acaecimeinto - Martín AGIT-RJ/0446/2009

Doctrina Tributaria Conceptual:

“Para la doctrina tributaria, ´…el título de contribuyente corresponde a la persona a la cual se le atribuye la producción del hecho imponible, o sea, aquella en quien se verifica directamente la situación prevista por la norma legal para dar origen a la obligación tributaria´….Asimismo, se debe aclarar qué se considera como hecho imponible, a cuyo efecto cabe citar lo siguiente: ´La norma legal contiene nada más que un precepto abstracto, general, dirigido a todos los particulares, pero que tiene por destinatarios finales a quienes precisamente se les puede atribuir los hechos o situaciones previstas en aquélla. Por consiguiente, para que se produzca el efectivo nacimiento de la obligación tributaria es necesario que además del precepto legal, que oficia de causa-eficiente de la obligación, haya acaecido el hecho o causa-material de esa obligación. Ese hecho al que acabamos de referirnos es generalmente conocido con la denominación de hecho imponible.´”

Notas:

MARTIN, José María y RODRIGUEZ Usé, Guillermo F.Derecho Tributario General. 2da Edición. Págs. 152 y 160.
(Este concepto no fue verificado con el texto original; por tanto la referencia es la Resolución Jeraquica analizada.)