Ficha Analítica del Precedente Tributario

Doctrina Tributaria: Tipo de Precedente:
PrecedencialFundador
Número de Resolución Jerárquica: Fecha de Resolución Jerárquica:
AGIT-RJ-0254/2009 23/07/2009
Recurso de Alzada AIT: Tribunal Supremo de Justicia: Tribunal Constitucional:
RA: ARIT-LPZ/RA/0153/2009
Fecha: 18/05/2009
TSJ:
Fecha:
TC:
Fecha:
Descriptores y Restrictores:

- DERECHO TRIBUTARIO SUSTANTIVO O MATERIAL
   - Formas de Extinción de la Obligación Tributaria
     - Prescripción
       - Servicio de Impuestos Nacionales
         - Cómputo
           - Interrupción
             - La determinación realizada fuera de plazo no interrumpe el cómputo AGIT-RJ/0254/2009

Máxima:

Considerando lo dispuesto por el art. 52 de la Ley 1340 (CTb), la notificación con la Resolución Determinativa emergente de un procedimiento de fiscalización de los adeudos tributarios del sujeto pasivo fuera de plazo, no interrumpirán el cómputo de la prescripción de la facultad de la Administración Tributaria para determinar las obligaciones del contribuyente.

Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]:

En un recurso jerárquico, el sujeto pasivo impugnó la Resolución del Recurso de Alzada por considerar que vulneró los arts. 4 y 8 de la Ley 843, de 20 de mayo de 1986 (que establece los requisitos de validez para beneficiarse con el Crédito Fiscal de las compras realizadas por el sujeto pasivo) , y confirmó la Resolución Determinativa emitida por la Administración Tributaria (SIN), dentro del procedimiento de verificación del Crédito Fiscal IVA del contribuyente, sin considerar que el gasto de la factura observada se encontraba vinculado a la actividad gravada y que la transacción fue realizado; por cuanto el crédito fiscal es válido; razonamiento por el cual solicitó se revoque la Resolución de Alzada.

Resolución (Decisión):

El Superintendente Tributario General, luego de revisados los antecedentes, resolvió CONFIRMAR la Resolución de Alzada, la que a su vez, revocó parcialmente la Resolución Determinativa emitida por la Administración Tributaria (SIN).

Precedente Tributario (ratio decidendi):

“Por su parte, el tercer párrafo de la Disposición Transitoria Primera del DS 27310 (RCTB) señala que las obligaciones tributarias cuyos hechos generadores hubieran acaecido antes de la vigencia de la Ley 2492 (CTB), se sujetarán a las disposiciones sobre prescripción contempladas en la Ley 1340 (CTb). En ese contexto, las obligaciones tributarias establecidas en la Resolución Determinativa N° 153-2008, de 5 de diciembre de 2008, corresponden a los períodos fiscales junio y septiembre de 2002, hechos generadores acaecidos antes de la vigencia de la Ley 2492 (CTB), por lo que la norma aplicable en términos de prescripción es la Ley 1340 (CTb).”

(…)

“En ese contexto, se evidencia en el presente caso que los hechos generadores sujetos a impugnación, ocurrieron en los períodos fiscales junio y septiembre de la gestión 2002, con relación al IVA, cuyo vencimiento de pago se produjo al mes siguiente, es decir en julio y octubre de 2002 respectivamente, por lo que el cómputo de la prescripción de los dos períodos mencionados, comenzó el 1 de enero de 2003 y debió concluir el 31 de diciembre de 2007.

La Resolución Determinativa N° 153-2008, de 5 de diciembre de 2008, fue notificada mediante cédula el 23 de diciembre de 2008, después de que se operó la prescripción; por lo tanto, resulta evidente que no se interrumpió el término de prescripción quinquenal con la determinación del tributo por parte de la Administración Tributaria, de conformidad con el art. 52 de la Ley 1340 (CTb), por lo que los argumentos del recurrente no corresponden, por no ajustarse a derecho ni a los hechos del presente caso.” (FTJ IV.3.1. v. xi. y xii.).

Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación:


-Art. 52 de la Ley 1340 (CTb), de 28 de mayo de 1992.

Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo:

El precedente tributario contenido en la AGIT-RJ-0254/2009 se reitera en la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s):

Resolución JerárquicaEmisión RJFTJResolución AlzadaEmisión RATribunal ConstitucionalEmisión TCTribunal Supremo de JusticiaEmisión TSJ
AGIT-RJ-0660/201327/05/2013(FTJ.IV.4.1. xv. xvi. xvii. y xix.) ARIT-LPZ/RA/0193/201304/03/2013 S-0504-2016 07/11/2016
AGIT-RJ-0001/201505/01/2015(FTJ IV.4.1.1. i. ii. y iii.) ARIT-LPZ/RA 0722/201409/10/2014