Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
STG/RJ/0107/2008 | 07/02/2008 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: STR/CBA/RA/0204/2007 Fecha: 19/10/2007 | TSJ: Fecha: | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO FORMAL O ADJETIVO | ||
Máxima: | ||
De conformidad con el art. 99 de la Ley 2492 de 2 de agosto de 2003 (CTB) entre los requisitos que debe contener una Resolución Determinativa, están la firma, nombre y cargo de la autoridad competente, la ausencia de cualquiera de los requisitos establecidos viciará de nulidad el acto conforme se establece en el art. 36-I y II de la Ley 2341 de 23 de abril de 2002 (LPA), aplicables en materia tributaria por virtud de los arts. 74 y 201 de la Ley 2492. | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, el sujeto pasivo, denunció que la instancia de Alzada inobservó el art. 99-II de la Ley 2492, por cuanto emitió una Resolución Administrativa, confirmando la Resolución Determinativa emitida por la Administración Tributaria (ANB) dentro del procedimiento de Contrabando Contravencional, no obstante que presentó un memorial por el cual hizo conocer que la Resolución Determinativa en cuestión no llevaba firma ni rúbrica del Administrador de la Aduana hecho que hacía nulo el acto administrativo; por lo que solicitó se revoque la resolución de alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Superintendente Tributario General, luego de revisados los antecedentes, resolvió CONFIRMAR la Resolución de Alzada, la que a su vez, confirmó la Resolución Determinativa, emitida por la Administración Tributaria (ANB). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
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) el art. 99-II de la Ley 2492 (CTB), dispone que la Resolución Determinativa que dicte la Administración deberá contener como requisitos mínimos; Lugar y fecha, nombre o razón social del sujeto pasivo, especificaciones sobre la deuda tributaria, fundamentos de hecho y de derecho, la calificación de la conducta y la sanción en el caso de contravenciones, así como la firma, nombre y cargo de la autoridad competente. La ausencia de cualquiera de los requisitos esenciales, cuyo contenido será expresamente desarrollado en la reglamentación que al efecto se emita, viciará de nulidad la Resolución Determinativa. | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | ||||||||||||||||||||
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El precedente tributario contenido en la STG/RJ/0107/2008 tiene como antecedentes la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s): |