Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
AGIT-RJ-2262/2018 | 29/10/2018 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: ARIT-SCZ/RA 0475/2018 Fecha: 26/06/2018 | TSJ: Fecha: | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO - PARTE ESPECIAL | ||
Máxima: | ||
La importancia en la determinación de ingresos no declarados, radica en establecer la efectiva prestación del servicio y/o la venta de un bien, identificando a los sujetos intervinientes y el pago que se hubiera efectuado por la contraprestación de dicho servicio o la entrega del bien, es decir, que ocurrió la situación prevista en la Ley para la configuración del hecho imponible; en ese contexto, corresponde dejar sin efecto los reparos efectuados por la Administración Tributaria en contra del Sujeto Pasivo por ingresos no declarados cuando no se demuestra la existencia del perfeccionamiento del hecho imponible previsto en el Artículo 4 de la Ley N° 843 (TO). | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, la Administración Tributaria impugnó la Resolución del Recurso de Alzada, señalando que en la Vista de Cargo, Resolución Determinativa y contestación al Recurso de Alzada explicó que existen espacios publicitarios en la sección comercial del periódico (medio impreso) que no fueron debidamente facturados, que cuentan con títulos, pero observa la codificación y/o sigla TS-INDEF y no así su facturación, por lo que solicitó al Contribuyente la presentación de documentación contable y/o financiera u otra que explique el registro correspondiente de dichas publicaciones; sin embargo, el Sujeto Pasivo refirió que para los periodos solicitados no cuenta con ninguna documentación de los denominados TACOS; no obstante que es su obligación respaldar las actividades y operaciones gravadas, además reconoció que otorga un tratamiento tributario a dichas publicaciones; y sin embargo esa instancia revocó parcialmente la Resolución Determinativa de la Administración Tributaria (SIN) dentro de un Procedimiento de Verificación; sin considerar que, al haber sido publicadas, finalizó la ejecución o prestación del servicio, lo que da lugar al nacimiento del hecho generador, conforme el Artículo 4, Inciso b) de la Ley N° 843 (TO), salvo que el Contribuyente demuestre lo contrario con documentación pertinente como registros, informes u otros, siendo inaceptable que desconozca el total de publicaciones existentes toda vez que los gastos en los que incurre deben ser contabilizados y debidamente registrados, por lo que solicitó se revoque parcialmente la Resolución del Recurso de Alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Director Ejecutivo de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, luego de revisados los antecedentes, resolvió REVOCAR Parcialmente la Resolución del Recurso de Alzada la que a su vez revocó parcialmente la Resolución Determinativa emitida por la Administración Tributaria (SIN). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
De la revisión del referido Anexo III (
), que lleva el Título SERVICIOS DE PUBLICIDAD NO FACTURADOS DIARIO EL DEBER, se advierte que fue la base para la determinación de ingresos no declarados por el Sujeto Pasivo durante los periodos fiscalizados, los que alcanzan Bs178.064.- y que constituyen una parte de la Base Imponible para el IVA, IT e IUE, así como de la consiguiente deuda tributaria. Ahora bien, el procedimiento realizado por la Administración Tributaria para la determinación de ingresos no declarados, se encuentra detallado en el siguiente cuadro, el cual a manera de ejemplo, se expone el periodo abril 2012 (
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Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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El precedente tributario contenido en la AGIT-RJ-2262/2018 se reitera en la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s): |