Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
AGIT-RJ-1840/2015 | 03/11/2015 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: ARIT-LPZ/RA 0529/2015 Fecha: 15/06/2015 | TSJ: S-0200-2018-S2 Fecha: 07/12/2018 | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO - PARTE ESPECIAL | ||
Máxima: | ||
En los casos en que se evidencie que el Sujeto Pasivo, realizó el registro contable por gastos de Asesoramiento Profesional con las retenciones impositivas correspondientes (Gross Up), demostrando el estricto cumplimiento a lo previsto en el Artículo 3, Inciso c) del Decreto Supremo N° 24051 (R-IUE), los pagos realizados por dichos servicios recibidos deben considerarse como gastos deducibles. | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, el Sujeto Pasivo impugnó la Resolución del Recurso de Alzada, señalando que sobre los gastos por Asesoramiento profesional, presentó como pruebas: Acta de reunión de Directorio del Sujeto Pasivo, en la cual el consultor contratado realizó la explicación de los fundamentos para el diseño del plan estratégico objeto de la consultoría; Contrato privado, de prestación de servicios para el desarrollo y puesta en marcha del plan estratégico institucional; Informe Final de Planificación Estratégica; Contrato de prestación de servicios elaboración plano eléctrico e informes relacionados; no obstante la Resolución del Recurso de Alzada no valoró dicha documentación, toda vez que en el Cuaderno de Retenciones se detalla, con referencia a los Comprobantes de Contabilidad, la composición de los importes contenidos en las Declaraciones Juradas; y sin embargo esa instancia revocó parcialmente la Resolución Determinativa de la Administración Tributaria (SIN) dentro de un procedimiento de fiscalización; por lo que solicitó se revoque parcialmente la Resolución del Recurso de Alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Director Ejecutivo de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, luego de revisados los antecedentes, resolvió REVOCAR Parcialmente la Resolución del Recurso de Alzada la que a su vez revocó parcialmente la Resolución Determinativa emitida por la Administración Tributaria (SIN). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
De la lectura de la Vista de Cargo N° CITE: SIN/GDOR/DF/FE/VC/189/2013, de 26 de agosto de 2013 (
), se evidencia que la Administración Tributaria observó Bs45.064,41 por concepto de asesoría en zona franca industrial y consultoría en planificación estratégica, debido a que el gasto no contaría con el respaldo documental que evidencie que sea un gasto necesario para el mantenimiento de la fuente al amparo de lo establecido en los Artículos 8 y 15 del Decreto Supremo N° 24051; en ese entendido, ZOFRO SA. presentó documentación de descargos (
), de cuya valoración la Administración Tributaria concluyó en la Resolución Determinativa, que dicha documentación comprueba la efectivización del trabajo realizado por los profesionales contratados; sin embargo, no se adjunta la Nota Fiscal o documento equivalente ni los documentos de las retenciones para ser considerado como gasto deducible, por lo que el SIN ratificó las observaciones. | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | ||||||||||||||||||||
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El precedente tributario contenido en la AGIT-RJ-1840/2015 se reitera en la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s): |