Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
AGIT-RJ-1840/2015 | 03/11/2015 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: ARIT-LPZ/RA 0529/2015 Fecha: 15/06/2015 | TSJ: S-0200-2018-S2 Fecha: 07/12/2018 | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO - PARTE ESPECIAL | ||
Máxima: | ||
De conformidad al Numeral 36 de la Resolución Administrativa N° 05-0041-99 de 13 de agosto de 1999, se aprobó la aplicación de la Norma de Contabilidad N° 1, Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, que en su Capítulo III, Numeral 4.a, establece que el rubro capital, sumados al de Reservas y Resultados y disminuidos por los importes pendientes de integración, expresan la participación de los dueños en la empresa, representada por el exceso de su activo sobre su pasivo, proveniente de los bienes aportados por los propietarios más las ganancias no distribuidas, menos las pérdidas acumuladas en la explotación; en ese contexto normativo, en los casos en que se evidencie que los aumentos de capital realizados por el Sujeto Pasivo fueron registrados a través de Comprobantes Contables y Comprobantes de Ingresos, reflejando la venta de acciones, cuya diferencia en exceso, respecto al valor nominal fue registrada en cuentas específicas que permiten demostrar que los importes observados por la Administración Tributaria, en virtud al Artículo 241 del Código de Comercio y Numeral 4.a, Capítulo III de la Norma de Contabilidad N° 1, corresponden a una reserva especial que forma parte del Patrimonio, no pueden ser consideradas como ingresos al amparo del Artículo 4, Inciso d) del Decreto Supremo N° 24051 (R-IUE). | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, la Administración Tributaria (SIN) impugnó la Resolución del Recurso de Alzada, señalando que para los Ingresos por Aportes No Capitalizados, en el Testimonio de aclaración, complementación y ubicación de domicilio, evidenció que se aumentó las acciones por gestión, habiéndose incrementado las acciones desde la gestión 1995 a la gestión 1998, de las cuales existen pagos por un total de Bs484.169,67, conforme la Planilla de composición de Aportes no capitalizados; y sin embargo la Instancia de Alzada revocó parcialmente la Resolución Determinativa de la Administración Tributaria (SIN) dentro de un Procedimiento de fiscalización; sin considerar que, el Sujeto Pasivo no efectuó su registro en Fundempresa hasta la gestión 2008 incumpliendo el Artículo 344 del Código de Comercio, por lo que considera que se habrían vendido acciones hasta dicha gestión y al no haber cumplido con los requisitos establecidos por Ley considera que el importe de Bs484.169,67 es ingreso de conformidad al Artículo 4 del Decreto Supremo N° 24051, por lo que solicitó se revoque parcialmente la Resolución del Recurso de Alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Director Ejecutivo de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, luego de revisados los antecedentes, resolvió REVOCAR Parcialmente la Resolución del Recurso de Alzada la que a su vez revocó parcialmente la Resolución Determinativa emitida por la Administración Tributaria (SIN). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
De la revisión de la Vista de Cargo N° CITE: SIN/GDOR/DF/FE/VC/189/2013, de 26 de agosto de 2013 (
), se advierte que la Administración Tributaria observó el importe de Bs309.503,68 registrado en la cuenta: Capital en exceso por emisión de acciones y Bs174.665,99 registrado en la cuenta: Prima en emisión de acciones, importes que en los Estados Financieros se encuentra registrado bajo la cuenta: Aportes no Capitalizados sociedad anónima, siendo observados un total de Bs484.169.67 al no haber sido respaldados como aportes para futuros aumentos de capital ya que no se hallan como capital suscrito y registrado en Fundempresa al momento de la verificación; asimismo, según el mayor de la cuenta Aportes no capitalizados, evidenció la venta de 3.904 acciones desde la gestión 1995 a 1998 con prima. | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | ||
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