Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
STG/RJ/0194/2006 | 12/07/2006 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: STR/SCZ/RA/0064/2006 Fecha: 31/03/2006 | TSJ: Fecha: | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO SUSTANTIVO O MATERIAL | ||
Máxima: | ||
Los agentes de retención, deben presentar sus Declaraciones Puradas para cada período fiscal en forma consolidada; no siendo posible hacerlo por cada retención, conforme lo previsto por el numeral 10 de la Resolución Administrativa 05-0048-99; caso contrario, incurre en Incumplimiento de Deber Formal. | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, el sujeto pasivo denunció que la Administración Tributaria (SIN), lesionó los derechos a la defensa y a formular y aportar pruebas, toda vez que dentro del procedimiento de verificación para el pago de retenciones, la documentación presentada consistente en la presentación de declaraciones juradas, no fue debidamente compulsada ni valorada, siendo que en su condición de agente de retención efectuó las retenciones en forma inmediata y sin demora. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Superintendente Tributario General, luego de revisados los antecedentes, resolvió CONFIRMAR la Resolución de Alzada, la que a su vez, confirmó la Resolución Sancionatoria emitida por la Administracion Tributaria (SIN). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
"Al efecto la Resolución Administrativa 05-0048-99 en el numeral 10 señala que la presentación de la Declaración Jurada para cada período fiscal, debe realizarse en forma consolidada por el contribuyente, considerando todas sus actividades, es decir que el ´GMLG´ al actuar como agente de retención debió consolidar las retenciones efectuadas de un periodo fiscal y declarar en el formulario correspondiente, totalizando las retenciones del periodo, y no así presentar una declaración jurada por cada retención, por lo que incumplió la disposición normativa reglamentaria citada. | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | ||
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