Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
AGIT-RJ-1090/2012 | 19/11/2012 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: ARIT-SCZ/RA/0087/2012 Fecha: 09/04/2012 | TSJ: Fecha: | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO SUSTANTIVO O MATERIAL | ||
Máxima: | ||
De conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la RND Nº 10-0029-05, de 14 de septiembre de 2005, referido al Software RC-IVA (Da-Vinci) para Dependientes y Agentes de Retención, en relación a los Contribuyentes en Relación de Dependencia cuyos ingresos, sueldos o salarios brutos superen los Bs7.000.- (Siete mil 00/100 Bolivianos), que deseen imputar como pagos a cuenta del RC-IVA la alícuota del IVA contenida en facturas, notas fiscales o documentos equivalentes, señala que: deberán presentar a sus empleadores o Agentes de Retención la información necesaria en medio electrónico, utilizando el Software RC-IVA (Da Vinci) Dependientes, entendiéndose que por los dependientes cuyos salarios sean iguales o menores a Bs7.000, no existe la obligación de consolidar y enviar la información en medio electrónico, utilizando el Software RC-IVA (Da Vinci) Dependientes. | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, la Administración Tributaria impugnó la Resolución de Alzada manifestando que inobservó el cumplimiento del debido proceso y revocó las Resoluciones Sancionatorias emitidas por la Administración Tributaria (SIN) dentro del procedimiento Sumario Contravencional, por haber incumplido con la presentación de la información del Software RC-IVA (Da Vinci) - Agentes de Retención;sin considerar que la empresa PAPELBOL SRL tiene en su planilla de haberes a una dependiente con un sueldo total de Bs7.000.-; por lo que tenía la obligación de cumplir con la información consolidada utilizando el Software RC IVA (Da Vinci) agentes de retención. Añade que la ARIT hace una incorrecta interpretación de la norma tributaria al indicar que a PAPELBOL SRL no le correspondía presentar información electrónica, sin considerar que los deberes formales deben ser obligatoriamente cumplidos por los sujetos pasivos; conforme a lo previsto por la RND 10-0029-05, que dispone para el empleador o Agente de Retención que tuviera dependientes con salarios brutos superiores a los Bs.7.000, para que consolide la información electrónica proporcionada por sus dependientes, aspecto incumplido por el sujeto pasivo, surgiendo por ésta omisión los AISC y las respectivas Resoluciones Sancionatorias, al evidenciarse la correcta aplicación del procedimiento y la norma solicitó se revoque la Resolución del Recurso de Alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
La Directora Ejecutiva de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, luego de revisados los antecedentes, resolvió CONFIRMAR la Resolución de Alzada, la que a su vez, revocó la Resolución de la Administración Tributaria (SIN). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
(
)se observa que la empresa PAPELBOL SRL, adjunto a su Recurso de Alzada, presentó el original de los Formularios de Pago de Contribuciones más las respectivas Planillas de Sueldos por los meses de enero a junio 2007 (
), que también fueron presentados ante la Administración Tributaria como descargos; en los que se advierte que la planilla de haberes de la empresa PAPELBOL SRL, tiene a la dependiente Justiniano de Aguirre Ana María, con sueldo total ganado de Bs7.000.-, quien resulta ser la única dependiente con este ingreso; aspecto corroborado por la propia Administración Tributaria, en su Recurso Jerárquico (
). | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | |||||||||||||||||||||||||||||
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El precedente tributario contenido en la AGIT-RJ-1090/2012 se reitera en la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s): |