Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
STG/RJ/0341/2006 | 14/11/2006 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: STR/LPZ/RA/0239/2006 Fecha: 21/07/2006 | TSJ: S-0294-2013 Fecha: 02/08/2013 | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO - PARTE ESPECIAL | ||
Máxima: | ||
En aquellos casos en los que se evidencie que la Administración Tributaria otorgó dos números de identificación tributaria a un mismo Sujeto Pasivo, en inobservancia de lo dispuesto por el Artículo 24, numeral 3 de la Ley N° 1340, de 28 de mayo de 1992, toda vez que constituyen una unidad económica, es decir un solo Sujeto Pasivo y en tanto se verifique el pago del impuesto bajo uno de los números de registro, no procede sostener la comisión de evasión, puesto que es responsabilidad de la Administración Tributaria detectar esta situación que vulnera la normativa tributaria vigente. | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, la Administración Tributaria (SIN), impugno la Resolución del recurso de alzada porque al dejar sin efecto la obligación tributaria vulnera las normas vigente, por lo que revoco totalmente la Resolución Determinativa, emitida por la Administración Tributaria (SIN), dentro de un proceso de verificación de compras realizadas por agentes de información con las ventas del IVA, siendo que la Prefectura de La Paz emitio la factura 300 pero con un RUC que no se encontraba registrado y que posteriormente la factura fue declarada por la Unidad Departamental de Deportes de la Prefectura de La Paz con otro RUC, por lo que solicitó se revoque la Resolución de Alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Superintendente Tributario General, luego de revisados los antecedentes, resolvió CONFIRMAR la Resolución de Alzada, la que a su vez, revoco totalmente la Resolucion Determinativa, emitida por la Administración Tributaria (SIN). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
De la revisión y compulsa del expediente y los antecedentes administrativos, se evidencia que la Unidad Departamental de Deportes, hoy Servicio Departamental de Deportes, es una entidad dependiente de la Prefectura del Departamento de La Paz, que tiene entre sus funciones administrar los escenarios deportivos catalogados para eventos nacionales e internacionales y apoyar al deporte recreativo, formativo y competitivo asociado. Por otra parte, de conformidad al inc. h) art. 5 de la Ley 1654, la Prefectura tiene como atribución la administración, supervisión y control del funcionamiento de los servicios de deportes y la Unidad Departamental de Deportes es una repartición de la Prefectura que se encuentra bajo su tutela, conforme dispone el DS 25060 de 2 de junio de 1998. | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | ||
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