Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
STG/RJ/0133/2007 | 02/04/2007 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: STR/LPZ/RA/0399/2006 Fecha: 01/12/2006 | TSJ: Fecha: | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO SUSTANTIVO O MATERIAL | ||
Máxima: | ||
Las entidades públicas que al cambiar de nombre o ente gestor, continúen ejerciendo idénticas funciones que las que ya detentaban, deberán continuar cumpliendo con las obligaciones formales establecidas por ley, como es el caso de la presentación de los Libros de Compras y Ventas IVA en medio magnético hasta que den de baja su registro tributario; caso contrario, incurrirán en la contravención prevista en el art. 162 de la Ley 2492 de 2 de agosto de 2003 (CTB). | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, el sujeto pasivo denunció que la instancia de alzada inobservó la garantía constitucional del debido proceso, toda vez que omitió considerar que el Viceministerio de Minería y Metalurgia desapareció con la vigencia de la Ley 2840, produciéndose la baja del Registro Tributario y la consuente extinción de la obligación de presentar los Libros de Compras y Ventas IVA en medio magnético; por lo que solicitó se revoque la resolución de alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Superintendente Tributario General, luego de revisados los antecedentes, resolvió CONFIRMAR la Resolución de Alzada, la que a su vez, confirmó la Resolución Sancionatoria emitida por la Administración Tributaria (SIN). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
" (
) se establece que el actual Ministerio de Minería y Metalurgia, desde el 16 de septiembre de 2004, conforme a la Ley 2840, asumió las funciones, atribuciones y por ende las obligaciones en materia tributaria del Viceministerio de Minería y Metalurgia, establecido en el DS 27732, posteriormente mediante DS 27998, de 3 de febrero de 2005, las funciones del Viceministerio de Minería y Metalurgia son ratificadas al establecer las mismas funciones; consiguientemente, el Viceministerio de Minería y Metalurgia no dejó de existir, sino más bien forma parte del actual Ministerio, más aún cuando la nueva Ley 3351 y su DS 28631, en esencia, mantienen las mismas funciones. | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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El precedente tributario contenido en la STG/RJ/0133/2007 se reitera en la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s): |