Ficha Analítica del Precedente Tributario
Doctrina Tributaria: | Tipo de Precedente: |
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Precedencial | Fundador |
Número de Resolución Jerárquica: | Fecha de Resolución Jerárquica: |
STG/RJ/0420/2008 | 04/08/2008 |
Recurso de Alzada AIT: | Tribunal Supremo de Justicia: | Tribunal Constitucional: |
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RA: STR/LPZ/RA/0228/2008 Fecha: 12/05/2008 | TSJ: Fecha: | TC: Fecha: |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO SUSTANTIVO O MATERIAL | ||
Máxima: | ||
Con el objetivo de efectuar la transición al nuevo Código Tributario el DS 27149 de 2 de septiembre de 2003, reglamentado por el num. XI de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 2492 de 2 de agosto de 2003 establece la condonacion de las multas por incumplimiento de deberes formales para todos los contribuyente y/o responsables hasta el 31 de agosto de 2003, con el fin de depurar el padrón de contribuyentes, en tal sentido en aplicación de la norma enunciada se produce la extinción de la multa por Incumplimiento de Deberes Formales por condonación. | ||
Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]: | ||
En un recurso jerárquico, el sujeto pasivo, impugnó la Resolución de la instancia de alzada que no aplicó correctamente la norma tributaria, puesto que confirmó la Resolución Determinativa, emitida por la Administración Tributaria (GM), dentro del Procedimiento de Fiscalización del IPBI, siendo que el cómputo para la prescripción del periodo 2001, se inició el 1 de enero de 2002 y concluyó el 31 de diciembre de 2006, y toda vez que la resolución determinativa fue notificada el 31 de diciembre de 2007, demuestra que la prescripción de la gestión 2001 operó tanto para las obligaciones, como para las multas, por lo que solicitó se revoque la Resolución de Alzada. | ||
Resolución (Decisión): | ||
El Superintendente Tributario General, luego de revisados los antecedentes, resolvió REVOCAR parcialmente la Resolución de Alzada, la que a su vez, confirmo la Resolución Determinativa emitida por la Administracion Tributaria (GM). | ||
Precedente Tributario (ratio decidendi): | ||
(
) la Resolución Determinativa, emitida por el GMLP, se establece que la misma incluye la multa por incumplimiento de deberes formales; al respecto, cabe mencionar que el art. 23 del DS 27149, que reglamenta el numeral XI de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 2492 (CTB), establece que con el objetivo de depurar el padrón de contribuyentes, se condonan las multas por incumplimiento de los deberes formales y los saldos de accesorios emergentes de dichas multas para todos los contribuyentes y/o responsables, hasta el 31 de agosto de 2003; por lo que, en el presente caso las multas aplicadas de Bs155.- gestiones fiscales 2201 [2001] y 2002, quedan condonadas como efecto de las normas citadas anteriormente, quedando vigente la multa por incumplimiento de deberes formales de Bs138.- para la gestión 2004. | ||
Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación: | ||
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Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo: | ||||||||||||||||||||
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El precedente tributario contenido en la STG/RJ/0420/2008 se reitera en la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s): |