Ficha Analítica de Doctrina Tribunal Conceptual
Doctrina Tributaria | ||
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Conceptual | ||
Número de Resolución Jerárquica | Fecha de Resolución Jerárquica | |
AGIT-RJ-0124/2010 | 12/04/2010 | |
Descriptores y Restrictores: | ||
- DERECHO TRIBUTARIO - PARTE ESPECIAL | ||
Doctrina Tributaria Conceptual: | ||
( ) que en la técnica de integración física los créditos a sustraer de los débitos fiscales son aquellos que corresponden a los insumos y gastos de fabricación incorporados al bien que se vende o al servicio que se presta, lo que implica llevar un mecanismo de identificación específica, de forma tal, que pueda conocerse con precisión, por ejemplo, con cada materia prima adquirida, qué bien se fabricó; en tanto, que la integración financiera, consistente en deducir del débito fiscal correspondiente a las operaciones que un sujeto realiza en un determinado período, el crédito fiscal por las adquisiciones que efectúa en ese mismo lapso de tiempo, sin importar si las mismas se venden o permanecen en inventario. O sea se deduce del débito fiscal correspondiente a los ingresos de un período, el crédito fiscal por compras y contrataciones de servicios de ese mismo período (FTJ IV.4.3. vi.) | ||
Notas: | ||
FENOCHIETTO Ricardo. El Impuesto al Valor Agregado.2da Edición. Editorial La Ley, 2007. Pág. 1160 y 1161 |