Ficha Analítica del Precedente Tributario

Doctrina Tributaria: Tipo de Precedente:
PrecedencialFundador
Número de Resolución Jerárquica: Fecha de Resolución Jerárquica:
STG/RJ/0501/2008 03/10/2008
Recurso de Alzada AIT: Tribunal Supremo de Justicia: Tribunal Constitucional:
RA: STR/SCZ/RA/0081/2008
Fecha: 10/07/2008
TSJ:
Fecha:
TC:
Fecha:
Descriptores y Restrictores:

- DERECHO TRIBUTARIO FORMAL O ADJETIVO
   - Administración Tributaria
     - Facultades de la Administración Tributaria
       - Facultad de Determinación de Tributos
         - Formas
           - Determinación por la Administración Tributaria (De oficio)
             - Aduana Nacional de Bolivia
               - Resolución Determinativa por Contrabando Contravencional emergente de un proceso de fiscalización
                 - Acta de intervención pronunciada fuera de plazo no amerita anulabilidad por no haberse causado indefensión STG-RJ/0501/2008

Máxima:

El incumplimiento de los plazos de emisión del Acta de Intervención y de la Resolución Determinativa, no está sancionado con la nulidad de los actos administrativos, sino con la aplicación de las responsabilidades contenidas en la ley 1178 y la no aplicación de intereses hasta la notificación con la Resolución Determinativa; máxime si no se generó la indefensión del sujeto pasivo.

Supuestos fácticos [Problema(s) jurídico(s)]:

En un recurso jerárquico, el sujeto pasivo impugnó la Resolución de Alzada por considerar que inobservó la garantía constitucional del debido proceso, toda vez que no corrigió la actuación de la Administración Tributaria (ANB) que emitió tanto el Acta de Intervención como la Resolución Determinativa fuera del plazo previsto por ley; por lo que solicitó se revoque la Resolución de Alzada.

Resolución (Decisión):

El Superintendente Tributario General, luego de revisados los antecedentes, resolvió CONFIRMAR la Resolución de Alzada, la que a su vez, confirmló la Resolución Determinativa emitida por la Administración Tributaria (ANB).

Precedente Tributario (ratio decidendi):

“En cuanto a la nulidad por causa de incumplimiento de plazos en la emisión y notificación del Acta de Intervención AN-GRSGR N° 024/2007 y de la Resolución Determinativa, cabe expresar que los arts. 96-III y 99-I de la Ley 2492 (CTB), señalan que la ausencia de los requisitos esenciales, viciará de nulidad la Vista de Cargo o el Acta de intervención y en cuanto a la Resolución Determinativa, cuando la Administración Tributaria no dictara Resolución Determinativa dentro del plazo previsto, no se aplicarán intereses sobre el tributo determinado desde el día en que debió dictarse, hasta el día de su notificación; por lo tanto, estas normas legales no establecen que una Resolución Administrativa sea nula o anulable por incumplimiento de plazos.

Asimismo, respecto al incumplimiento de la RD 01-011-04, en su inc. F.2.1, que señala que en caso de contravención de contrabando, la autoridad aduanera, en el plazo de 48 horas de la intervención preventiva, deberá elaborar el Acta de Intervención, concluyéndose que en ambos casos el incumplimiento de plazos previsto en las disposiciones citadas, no está sancionado con la nulidad de los actos administrativos citados, sino con la aplicación de las responsabilidades contenidas en la ley 1178 y la no aplicación de intereses hasta la notificación con la Resolución Determinativa; en consecuencia, no habiéndose advertido vicios de nulidad o anulabilidad en los términos de los arts. 35 y 36 de la Ley 2341 (LPA), ya que los actos de la Administración Tributaria Aduanera no carecen de los requisitos formales para alcanzar su fin, ni tampoco dan lugar a la indefensión de la recurrente, corresponde confirmar en este punto la Resolución de Alzada impugnada.” (FTJ IV.3.1. iii. y iv. )

Normas sustantivas o procesales objeto de interpretación:


-art. 96-III Ley 2492 (CTB)
-art. 99-I Ley 2492 (CTB)
Garantía Constitucional del Debido proceso

Ubicación contextualizada del precedente tributario administrativo:

El precedente tributario contenido en la STG/RJ/0501/2008 tiene como antecedentes la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s):

Resolución JerárquicaEmisión RJFTJResolución AlzadaEmisión RATribunal ConstitucionalEmisión TCTribunal Supremo de JusticiaEmisión TSJ
STG/RJ/0719/200704/12/2007(FTJ IV.4. iii.) STR/LPZ/RA/0413/200717/08/2007

y, se reitera en la(s) siguiente(s) Resolución(es) Jerárquica(s):
Resolución JerárquicaEmisión RJFTJResolución AlzadaEmisión RATribunal ConstitucionalEmisión TCTribunal Supremo de JusticiaEmisión TSJ
AGIT-RJ-1003/201309/07/2013(FTJ IV. 4.1. iv.y v.) ARIT-SCZ/RA/0146/201301/04/2013